Abogado que presentó recurso a favor de La Red por “telefonazo” de La Moneda: “Este llamado se hace desde el poder”

Para Guillermo Rioseco, abogado del senador Alejandro Navarro, el llamado de la jefa de Gabinete del Presidente, Sebastián Piñera, al dueño del canal en Miami atenta contra el derecho fundamental de emitir opinión y el de informar, por lo que “se está socavando uno de los aspectos fundamentales del funcionamiento y calidad de un sistema democrático”.

El viernes, ante la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, se llevaron a cabo los alegatos por el recurso de amparo presentado por Guillermo Rioseco, abogado del senador Alejandro Navarro, a favor del canal La Red por el llamado que realizó la jefa de gabinete del Presidente Sebastián Piñera, Magdalena Díaz, al dueño del canal, Ángel González, a raíz de la entrevista a Mauricio Hernández Norambuena  realizada por Eduardo Fuentes en el programa Mentiras Verdaderas.

Según Rioseco, el recurso es presentado por Navarro en su condición de senador y como presidente de la comisión de Derechos Humanos del Senado, entendiendo que el llamado realizado por la jefa de gabinete de Piñera “nace desde la misma Presidencia de la República y entendiendo entonces que esto vulnera las garantías constitucionales respecto a la libertad de prensa”.

“Cuando hay un deterioro o ataque, amenaza o perturbación de esta garantía constitucional, no solo se está afectando la libertad de expresión, sino que se está socavando uno de los aspectos fundamentales del funcionamiento y calidad de un sistema democrático”, señala el abogado.

Rioseco se refiere a lo expresado en el numeral 12 del artículo 19 de la Constitución que tiene relación con “la libertad de opinión e información”.

“La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley, la que deberá ser de quórum calificado”, señala la Constitución.

La línea argumental planteada por Rioseco, tiene que ver con que “es difícil procesar que una persona que ejerce un cargo de tal responsabilidad, en este caso la jefa de Gabinete del Presidente de la República, que pueda desdoblarse y enarbolar la teoría que ella llama al señor González en su condición de su ciudadana común y corriente”.

Esto en relación al argumento de Díaz que señalaba que el llamado que hizo el 12 de marzo al dueño de La Red en Miami lo hizo “a título personal”.

Según el abogado de Magdalena Díaz, Samuel Donoso, reconocido penalista de la plaza quien además tomó la defensa de Piñera y Jaime Mañalich ante la querella por cuasi delito de homicidio en el manejo de la pandemia, su representada “no recurrió ni llamó para manifestar su intención de interferir en el contenido de los programas presentes o futuros”, según la evacuación de informe que Díaz realizó frente al recurso de amparo que interpuso Navarro.

“Simplemente le dio a conocer su legítima opinión sobre una entrevista que le resultaba inaceptable, dañina para la convivencia democrática y provocativa en cuanto es condescendiente con la violencia y el terrorismo”, dice el documento dado a conocer en mayo por Interferencia.

Para el abogado Rioseco, el argumento planteado por la defensa es inverosímil, ya que “un ciudadano común y corriente no tiene el teléfono de un medio de comunicación, tampoco tiene la posibilidad de llamar al medio de comunicación para plantearle una crítica y cuestionar la línea editorial y es lo que ocurrió en este caso”.

“Lo que nosotros planteamos a la Corte es que este llamado se hace desde el poder, para influir, para criticar, para plantear la molestia porque la línea editorial que tomó La Red, a juicio de ellos, es incómoda para el poder, para el Gobierno, para el Presidente de la República”, señala Rioseco.

El abogado señala que en su alegato recordó que a los pocos días de conocerse el llamado de Díaz al dueño de La Red, el ministro Secretario General de Gobierno, Jaime Bellolio, expresó que hay una cultura del odio, una apología de la violencia al emitir la entrevista a Hernández Norambuena.

“Yo ironizo inmediatamente con la Corte y le digo que está restrenándose, ahora, el programa Mea Culpa, que es una puesta en escena de asesinatos horrorosos, escabrosos, con entrevistas de los homicidas y no hay una reacción similar”, indica el abogado.

Rioseco recordó también la entrevista realizada por CNN en 2013 al ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, en el marco de la conmemoración de los 40 años del golpe de Estado de 1973.

“Tampoco sonaron las campanas cuando entrevistaron al general Manuel Contreras que también pudo haber generado la reacción del Gobierno respecto a la apología de la violencia y el odio”, señala el abogado, indicando que le planteó a la Corte de Apelaciones lo que jurídicamente se conoce como “ante la misma razón la misma disposición”.

En la línea que planteó Rioseco a los jueces de la Corte, respecto a este “desdoblamiento” de la jefa de Gabinete de Piñera, tiene relación a la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración General del Estado, en donde el Presidente de la República está en la cúspide y de ahí nacen una serie de obligaciones, como es el respeto al principio de probidad y cualquier abuso que se cometa desde esa posición es sujeto de responsabilidad.

“La Ley Orgánica plantea que los funcionarios públicos están sometidos, están en un sistema jerárquico y disciplinado. Teniendo claro esto, cuesta entender que se quiera desprender de su condición de funcionario público y entonces podemos colegir que este llamado se tiene que haber hecho en horario de trabajo, lo más probable con equipos de comunicaciones fiscales, financiados por la Presidencia de la República”, señala Rioseco.

Según el alegato del abogado, al ser Díaz una persona remunerada con fondos públicos, el llamado que hizo a Ángel González es una infracción al principio de probidad que plantea, entre otras cosas, que debe prevalecer el interés común que el interés personal.

“No puedo creer que el señor González, cuando recibe el llamado, la persona al otro lado de la línea diga ‘aló, habla Magdalena Díaz de Chile’. Ninguna posibilidad. Entonces sustenta la idea de que la llamada se hace desde el poder”, reitera Rioseco.

Sostiene que el llamado de Díaz es un atentado a la democracia por lo que es un “hecho grave” y una presión indebida que se ejerce “desde el poder”.

Rioseco recuerda la declaración que emitió el Colegio de Periodistas en la que planteó su preocupación por este tipo de actuaciones que “es un atentado a la libertad de prensa y a la libertad de opinión”, sumado a la intervención del vocero de Gobierno, Jaime Bellolio.

Con estos antecedentes, Rioseco afirma que “el llamado de una ciudadana cualquiera no produce este efecto político que inclusive, entre otras cosas, termina con la intervención del propio Presidente de la Corte Suprema, que plantea que lo que dice Hernández Norambuena son las mismas alegaciones que planteó en los tribunales, lo que es de conocimiento público.”.

Según Rioseco, la defensa de Díaz, argumentó con los reclamos que recibió el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) por la emisión de la entrevista a Hernández Norambuena.

“El CNTV por mayoría acuerda una sanción de amonestación en contra del canal La Red, sin embargo, el canal hace uso de su derecho de reclamar y presenta un recurso ante la Corte de Apelaciones, que revoca esta sanción y absuelve a La Red de todo tipo de sanciones, porque entiende que lo que acá ha ocurrido es el uso de una facultad que no implica hacer una apología de la violencia y que, entre otras cosas, Hernández Norambuena, en el conjunto de derechos fundamentales que tiene, el derecho que está impedido de ejercer es el de la libertad, pero los otros son intocables y los puede ejercer en las circunstancias en que se encuentra”, señala.

Para Rioseco, lo que está realizando el canal La Red con su línea editorial y entrevistas, como por ejemplo, al comandante Ramiro o la exhibición del documental “La Batalla de Chile” se enmarca en “una función pública que un canal privado está ejerciendo que es instalar el pluralismo, el pluralismo que ha estado ausente de los medios, respecto a los temas políticos y para qué decir de los temas económicos.”.

El alegato de Rioseco finaliza pidiéndole a la novena Sala de la Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro señor Miguel Vázquez Plaza e integrada por la Ministra (s) señora Paula Rodríguez Fondón y el Abogado Integrante señor Patricio Carvajal Ramírez, que “acoja el alegato, que declare que el actuar de esta señora es ilegal y arbitraria porque amenaza la libertad de expresión, un aspecto central del funcionamiento del sistema democrático”.

Los ministros de la corte ya firmaron el acuerdo, lo que quiere decir que ya fallaron respecto al recurso, por lo que ahora solo falta que sea redactado y comunicado en el plazo máximo de 15 días.

Para Rioseco, este fallo es de suma importancia ya que se está afectando un bien jurídico, en este caso la libertad de prensa y que afecta a la democracia. “La importancia es fundamental. Ese es el precedente que puede dejar este fallo”, afirma.

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