Confirman condena a joven por quema del metro Pedrero pese a acusación de pruebas adulteradas

La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad en contra de la sentencia del Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que sancionó al adolescente por los hechos ocurridos el 18 de octubre de 2021. La defensa afirma que la hora del video presentado fue adulterado para que calzara con la tesis de la Fiscalía, según señala Interferencia.cl.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad en contra de la sentencia del Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que sancionó al adolescente B.E.S.M. (17) con la pena mixta de 2 años de internación provisoria en régimen cerrado y 3 años y un día de internación en régimen semicerrado, por incendio en la estación del metro Pedrero el 18 de octubre de 2021.

Rodrigo Román, abogado defensor del adolescente, acusa que el video presentado como prueba fue adulterado para que calzaran los horarios exhibidos con la tesis de la Fiscalía, según señala Interferencia.cl.

Según la defensa, el video presentado por el Ministerio Público y donde se ve a B.E.S.M. y a su tío Daniel Morales Muñoz -quien fue absuelto- ingresando a la estación junto a otra decena de personas lo sitúa a las 22:14 horas del 18 de octubre de 2019.

La tesis de la Fiscalía señala que el incendio comenzó a las 22:15 horas, lo que coincide con la prueba presentada. Sin embargo, el abogado defensor afirma que hay un video original de más de dos horas de duración que sitúa al acusado y a su tío ingresando a la estación a las 20:58 horas, es decir, una hora y diecisiete minutos antes del incendio, según informa Radio Universidad de Chile que tuvo acceso al registro.

Román afirma que de ese video original se habría recortado un extracto de 29 minutos al cual se le habría modificado la hora de registro y que fue la prueba que presentó la Fiscalía.

“Pudimos descubrir que esta cinta de más de dos horas contiene el horario real. Quedó al descubierto que aquella, la que ellos dicen que sería la prueba principal, fue un montaje por la adulteración del horario en una hora y diecisiete minutos para hacerla coincidir con la teoría del caso (de la Fiscalía)”, aseguró Román a Radio Universidad de Chile.

No obstante, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministras María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolarí- descartó infracción constitucional al debido proceso en la cadena de custodia de la prueba analizada en el juicio.

“Si bien la cadena de custodia de los indicios materiales encuentra su fundamento en el debido proceso, para que se genere alguna duda sobre la certeza y seguridad de este procedimiento de control no basta el mero error cometido, sino que se requiere generar algún cuestionamiento directo que afecte la identidad e integridad de la evidencia. Y, de acuerdo a lo anterior, si bien en este caso se ha constatado una irregularidad, ésta no genera como consecuencia la exclusión de esa evidencia o la ausencia de su valor probatorio, pues aquella no produce forzosamente la falta de certeza sobre cualquier conclusión que pudiera derivarse de la misma”, señala el fallo según el sitio Interferencia.cl.

La Corte Suprema señaló que de tratarse de un montaje o adulteración de pruebas, la defensa del adolescente no presentó las pruebas que acrediten tal hecho.

“En el caso que nos ocupa ni siquiera se ha sostenido que la prueba de cargo en cuestión fue obtenida o se produjo con trasgresión de derechos fundamentales, sino que únicamente y debido a los defectos ya anotados en la cadena de custodia, por esa sola circunstancia debe concluirse que aquella constituye un “montaje” en virtud del cual se altera el contenido mismo de las videograbaciones, no siendo en consecuencias reales o ciertas las escenas que ellas se muestran. Si ese es el reparo, recaía entonces en la defensa la carga de acreditarlo, lo que no obstante no hizo, como se deja asentado en la sentencia atacada por el recurso”, señala el documento.

Fotos: Captura de video/Flickr