Ejército deberá revelar quiénes autorizaron comunicado que trató de “antichilenos” a los que atacaron a Baquedano

El Consejo para la Transparencia ordenó a la rama de las Fuerzas Armadas entregar los nombres de las autoridades que autorizaron el cuestionado comunicado. Esto ocurre semanas después de que Contraloría advirtiera a las FF.AA. de que no son deliberantes y que deben abstenerse de emitir declaraciones.

El 6 de marzo el Ejército publicó un comunicado en el que llamaba “antichilenos” y “cobardes desadaptados” a los que atacaron la estatua del general Baquedano en Plaza Dignidad.

Esto generó un fuerte debate y cuestionamientos a las FF.AA. al considerar que estaban deliberando respecto al acontecer nacional, lo que no está permitido ya que deben supeditarse al poder civil.

De hecho, hace un par de semanas la Contraloría advirtió a las FF.AA. que no son deliberantes por lo que deben abstenerse de emitir declaraciones.

“Como instituciones subordinadas al poder civil, les queda prohibido cuestionar o debatir sobre las órdenes, decisiones o instrucciones impartidas por la autoridad civil”, señala el duro dictamen de la entidad fiscalizadora.

Ahora fue el Consejo para la Transparencia el que ordenó al Ejército dar a conocer los nombres de las autoridades que autorizaron el cuestionado comunicado.

“Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra del Ejército de Chile, ordenando la entrega de los nombres de las autoridades que ordenaron y autorizaron el comunicado oficial emitido por dicho organismo, el pasado 6 de marzo de 2021, relativo al atentado incendiario al monumento del General Manuel Baquedano González”, dice el documento.

La solicitud del Consejo para la Transparencia es en respuesta a la querella presentada por el abogado Cristián Cruz, quien pidió informar los nombres de las autoridades que autorizaron el comunicado.

“En relación a los tres primeros y último numeral (referente a quienes participaron en la elaboración del mensaje), que el ejercicio del derecho de acceso a la información, conforme lo establece el inciso 2º del artículo 10 del citado cuerpo legal, permite acceder a antecedentes contenidos en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos u acuerdos, que se encuentren en algún formato o soporte, pero no así el hacer investigaciones o emitir informes; citando al efecto la decisión rol C22-14. No obstante, informan que el comunicado oficial de fecha 6 de marzo de 2021 lo difundió el Departamento Comunicacional del Ejército”, señala.

El documento también señala que la solicitud se debe a que se desestimó “la alegación de inexistencia argumentada por la recurrida, al no haber sido justificada suficientemente. A su vez, se estima que atendida la condición que poseen los funcionarios públicos, su esfera de privacidad está sujeta a un escrutinio de mayor intensidad que el resto de las personas”.

Por ello, explica que “en virtud, precisamente, de las funciones que aquellos ejercen, quedando además dicha esfera de privacidad del personal que trabaja para la Administración del Estado y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, sujeta al principio de publicidad establecido en el artículo 8°, inciso 2°, de la Constitución Política de la República; en consecuencia, se acogerá el amparo respecto a estos numerales”.

Cabe recordar que tras el ataque incendiario, la estatua de Baquedano fue retirada el pasado 12 de marzo, luego que el Consejo Nacional de Monumentos anunciara su retiro para su restauración.

Fotos: Flickr Ejército de Chile/Wikipedia