En huelga de hambre condenados por homicidio frustrado a Carabineros de Traiguén: acusan juicio irregular

Los tres jóvenes fueron condenados el 22 de noviembre por el Tribunal de Angol, a cumplir una pena de 15  años por el delito de homicidio frustrado a Carabineros y receptación de vehículo. Los hechos se remontan al 14 junio de 2020 cuando participaron de un intento de robo a un supermercado de la comuna de Traiguén.

La madre de Fabián (20 años), uno de los condenados por este caso, relata a la Red.cl, notoriamente afectada, que su hijo desde el pasado 25 de noviembre se encuentra en huelga de hambre en la cárcel de Angol, tras recibir la sentencia condenatoria de Robo con fuerza en lugar no habitado en grado de tentado, Homicidio frustrado contra Carabineros en ejercicio de sus funciones y Receptación de Vehículo. Un proceso investigativo que de acuerdo al relato de la madre y al de la abogada defensora,  Karina Alarcón, se encuentra completo de irregularidades en toda la cadena investigativa, desde Carabineros hasta el Tribunal.

En conversación con La Red.cl, la defensora Karina Alarcón, señala que los hechos se registraron el 14 de junio del año 2020 cuando Fabián junto a otras personas intentaron robar un supermercado en la comuna de Traiguén, sin embargo no lograron su cometido. De acuerdo a la defensora, cuando sus representados salen del lugar, Fabián toma su auto junto a sus acompañantes iniciándose una persecución policial, uniéndose otra patrulla de Carabineros al llegar al sector rural, quienes de acuerdo a la abogada “éstos últimos relatan que cayeron a una zanja producto que los- en ese instante imputados- dispararon al vehículo policial resultando ambos funcionarios con lesiones leves”.

Karina Alarcón relata que el Tribunal no tomó en cuenta varios elementos probatorios a favor de los imputados pues hubo falta de rigurosidad en la investigación “Los Carabineros que iban en la patrulla, indicaron que ellos habrían iniciado la persecución, lo cual no es verídico, toda vez que ellos se unieron en la Ruta R50; indicaron que ellos repelieron los disparos provocados por los condenados, sin embargo en el automóvil de Fabián no se encontraron armas, lo que se encontró fueron elementos de oxicorte, herramientas, pero no balas”. La abogada agrega que ellos pidieron que la investigación la realizara la PDI, sin embargo, el Fiscal a cargo del caso les habría indicado que él tenía la facultad de ver quien llevaba la investigación designando al Laboratorio de Criminalística de Carabineros-LABOCAR-; además, solicitaron que la causa se trasladara a la Fiscalía Regional de Temuco, pero esto también fue desestimado.

Así mismo, la representante legal de los condenados, indicó a Red.cl que Fabián Colima había comprado el vehículo utilizado en el ilícito, transacciones que fueron presentadas junto a otros antecedentes probatorios, no existiendo dolo en la compra, lo que no habría sido tomado en cuenta por el Tribunal.

LaRed.cl tuvo acceso al recurso de nulidad presentado ante la Corte de Apelaciones de Temuco, donde se destaca los siguientes aspectos:

14.1 El tribunal en su voto unánime no argumenta cómo es posible que el testigo DE LA FUENTE HERNÁNDEZ declarar ante estrado que en su rol como copiloto y funcionario de servicio recibió 30 municiones 9 milímetros para tal servicio, que declara tanto durante la investigación y en estrados también que efectúa tres disparos repeliendo el supuesto ataque recibido por el vehículo perseguido, pero en el registro de devolución se consignan 26 municiones devueltas, lo que claramente hace cuestionar desde ya testimonio del funcionario policial y eso el sentenciador lo pasa por alto.

Al igual que en el punto 14.3.- “… al interior del vehículo policial se encontró un proyectil encamisado, que es compatible con el arma de 9 milímetros, misma utilizada por los funcionarios policiales, la que no fue periciada por LABOCAR”

Mientras que en el apartado 14.4 de recurso de nulidad seindica  “Y no menos importante que ello y en un ánimo del sentenciador de esperar conductas sobrehumanas en cuanto al intelecto por parte de nuestros representados, no se encontraron ni en el vehículo, ni en las inmediaciones del lugar donde se estrellaron ni tampoco en sus ropas armas o municiones -sean estos casquillos, municiones, vainas o vainillas- que dieran cuenta de un proceso de disparo. No existe tampoco certeza en sus cuerpos de haber percutado un disparo”.

A la vez, en el punto 27.4 se señala “…también las declaraciones de los peritos ROJAS SALAZAR y CARRASCO MUÑOZ, quienes no son capaces de precisar ni especificar más allá de toda duda que los disparos hubiesen provenido del vehículo perseguido y de cómo el disparo que atraviesa el parabrisas no impacta en el cuerpo del copiloto. El tribunal duda igualmente acerca de quien fue quien efectuó los disparos y no da mayor razón o corroboración del por qué se arriba a la conclusión de que nuestro representado MUÑOZ MELLADO fue quien efectuó los disparos, utilizando para ello tan sólo suposiciones lógicas y conclusiones antojadizas de todos los peritajes acompañados al juicio, incluido el presentado por esta defensa.

En el fallo también considera declaración de la perito contratada en forma particular, Shirley Villouta, y se indica:

Respecto al informe de química forense, concluye de forma determinante la perito que “Colima tiene 7,59 ppb de Antimonio, más bajo que el valor menor dado por los institutos internacionales, cuyo límite es de 200 ppb.- por lo que concluye que las personas no dispararon un arma de fuego”

Karina Alarcón indica que sus representados fueron sentenciados sin piedad y que esto ha sido un drama para las familias “Ahora nos queda esperar la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco” y agrega que uno parte desde la base de la confianza en la justicia sin embargo “la familia confió en nosotros y nosotros en la justicia pero esta no actuó como debía porque el tribunal no tomó en cuenta las pruebas”

Finalmente indica que a pesar que hay una resolución de Gendarmería que señala que los condenados deben ser trasladados nuevamente a la Cárcel de Traiguén al término del juicio, ellos aún permanecen en la cárcel de Angol”.