Justicia ordena al Fisco a indemnizar con casi $7 mil millones a familiares de las víctimas del Casa 212

La Corte de Apelaciones de Valparaíso determinó que cada una de las familias de los fallecidos reciba $150 millones por el dolor y los “proyectos familiares” que se vieron “fracturados o alterados” por el accidente.

A casi 10 años de la tragedia del avión Casa 212, ocurrida en Juan Fernández en septiembre de 2011, la Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó al Fisco a indemnizar a los familiares de las víctimas con casi $7 mil millones.

En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, acogió los recursos presentados en contra de la sentencia de primera instancia que rechazó las indemnizaciones y ordenó al Fisco a pagar a los familiares de las víctimas.

“Que, en consecuencia, de la prueba rendida por las partes, en especial la documental (informes y certificados psicológicos) y testimonial de los demandantes, se puede dar por establecido que los hijos, hijas, cónyuges, conviviente, padres y madres de las víctimas que resultaron fallecidas en el contexto de la caída al mar del avión Casa 212 ocurrido el 2 de septiembre de 2011, han sufrido no sólo una aflicción y dolor, sino que igualmente es posible presumir que sus proyectos familiares se han visto fracturados o alterados de manera relevante”, señala el fallo.

La Primera Sala de la Corte, integrada por los ministros Eliana Quezada, Rosario Lavín y Juan Carlos Maggiolo, determinó que “la suma tenga la aptitud de permitir a las víctimas superar – de ser posible – el daño causado, la que se estima en $150.000.000 para cada uno de los actores señalados”.

De esta forma, la indemnización total que deberá pagar el Fisco asciende a $6.900.000.000.

“Todos los montos antes indicados deberán ser pagados con los reajustes correspondientes a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y el día de su pago efectivo”, señala el documento.

Entre los argumentos para llegar a esa resolución está la ausencia de las víctimas en las vidas de sus cónyuges o conviviente y todo lo que ello implica, “les ha representado y les representará a futuro un perjuicio extrapatrimonial que debe ser indemnizado, correspondiendo a esta Corte fijar el monto de la indemnización”.

Así mismo, el presidente de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Pablo Droppelmann Cuneo, señaló que se descarta que el accidente se haya provocado por un caso fortuito, “estableciendo que la caída se produjo por la decisión voluntaria del piloto y la comandante de la nave de volar sin atender las condiciones meteorológicas”.

“La responsabilidad del Fisco de Chile se determinó porque se consideró que la Fuerza Aérea no veló de manera adecuada por la seguridad y desempeño sin riesgo en el vuelo”, sentenció.

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