Tricel rechazó impugnación contra candidatura de ME-O por lo que podrá seguir en carrera a La Moneda

El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la reclamación del abogado Mario Esquivel Lizondo, dejando sin efecto la orden del Servel de excluir al fundador del Partido Progresista del Padrón Electoral.

Este viernes el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) rechazó la impugnación en contra de la candidatura presidencial de Marco Enríquez-Ominami, por lo que podrá seguir en carrera por La Moneda.

Hace dos semanas el abogado Mario Esquivel Lizondo presentó una reclamación para excluir del padrón a Enríquez Ominami debido a la existencia de un juicio oral firme y ejecutoriado.

“Corresponde comunicar y aplicar la suspensión del derecho a sufragio según señala el punto 5to del Tribunal Constitucional”, señala el escrito presentado por Esquivel.

Sin embargo, el Tricel acogió el recurso de apelación presentado por el fundador del Partido Progresista que buscaba anular la resolución del Primer Tribunal Electoral de la región Metropolitana que lo excluyó del padrón electoral.

“Yerra la sentencia de alzada al estimar que la circunstancia de haberse dictado veredicto absolutorio en favor del impugnado no tiene el efecto de poner término a la suspensión de su derecho a sufragio”, señala el fallo.

“Por cuanto precisamente dicha comunicación no hace sino más que enfatizar el principio de inocencia de que goza, toda vez que al haberse determinado su inocencia y haberse ordenado el alzamiento de todas las medidas cautelares que pesaban sobre el imputado, cesó también la suspensión de su derecho a sufragio, tal como se dijo”, agrega el documento.

El fallo del Tricel señala que “en las especiales circunstancias que da cuenta esta causa, apreciados los hechos por este tribunal como jurado, no se configura la hipótesis invocada por el impugnante, razón por la que su pretensión no ha podido prosperar”.

La defensa de Enríquez-Ominami señaló que “el Primer Tribunal Electoral Regional interpretó erróneamente el fallo del Tribunal Constitucional”, por lo que “vulneró el principio de inocencia”.

Con este fallo, queda sin efecto la orden del Servel de excluir a ME-O del Padrón Electoral por lo que podrá estar en la papeleta en las elecciones de noviembre.

Foto: Captura de video