Aprobada en total hermetismo: La modificación al Código de Minería ingresada por Piñera que pone en riesgo a la pequeña minería

En la tramitación para eliminar las exenciones tributarias para financiar la Pensión Garantizada Universal, el Ejecutivo ingresó indicaciones para cambiar el Código de Minería, lo que beneficiaría a los grandes consorcios en desmedro de la mediana y pequeña minería. “Le va a explotar en la cara al próximo gobierno”, dice un experto a El Ciudadano.

El 26 de enero la Cámara de Diputados aprobó de forma unánime la Pensión Garantizada Universal, lo que significó un triunfo para el gobierno de Sebastián Piñera.

Sin embargo, no es extraño que el mandatario saliente intente ingresar modificaciones a proyectos de ley, los que muchas veces pasan desapercibidos para la opinión pública.

Ya ocurrió, por ejemplo, con el proyecto de ley que busca derogar la Ley N° 19.223 sobre delitos informáticos, donde el Ejecutivo ingresó tiempo después indicaciones para modificar el Artículo 219 del Código Procesal Penal con el objetivo de que las policías puedan exigir a las compañías de telecomunicaciones los datos personales de cualquier ciudadano.

Lo mismo pasó con la Pensión Garantizada Universal, ya que al proyecto que elimina exenciones tributarias, con el fin de establecer condiciones de financiamiento para la PGU, también modifica el Código de Minería, sin siquiera considerar la opinión de organismos técnicos y gremios mineros.

Esta modificación supondría “graves alteraciones a la certeza, seguridad y estabilidad a la propiedad minera vigente”, según la minuta de reproches que hicieron sobre el proyecto un grupo de expertos conformado por los abogados Gastón Fernández Montero y Alberto Cortés Nieme.

“El Código de Minería tiene un ordenamiento orgánico que no debiera ser modificado sin el correspondiente debate, sin considerar el conocimiento, la opinión e inquietudes de los organismos técnicos como el Sernageomin o la Cámara Minera. Hay que hacer las cosas bien, no como una liquidación de último minuto como está haciendo el gobierno de Piñera”, dice Fernández en entrevista con El Ciudadano.

El abogado especialista en Derecho Minero de la Universidad de Chile, quien además trabajó por más de una década en la Empresa Nacional de la Minería (ENAMI), advierte que si se publica y promulga, “le va a explotar en la cara al próximo gobierno con un montón de trastornos que no se buscó”.

Una de las modificaciones que preocupa a los especialistas es la de reemplazar el sistema de coordenadas UTM Datum 1956 vigente por el sistema “SIRGAS”.

Esta modificación de aporte de coordenadas de todas las pertenencias mineras de Chile significa, según los abogados, una grave distorsión a la estabilidad de los títulos de la propiedad minera. “Se traduce en un procedimiento que deberá asignar nuevas coordenadas UTM de ubicación a cada uno de los vértices de todas las pertenencias mineras vigentes en Chile”.

Este escenario, según los abogados, generaría pondrá en riesgo la seguridad jurídica y la certeza técnica de todos los títulos de propiedad minera. Esto debido a que se le entrega a las autoridades una atribución discrecional que no está permitida por la Constitución, ya que para este tipo de modificaciones se necesita una autorización de norma constitucional que permita ese régimen de excepción para la adecuación de los títulos de propiedad minera.

“Si se empieza a legislar de forma apresurada sin los correspondientes resguardos, eso atenta contra el desarrollo minero, lo desestabiliza, como ha ocurrido en otros países que no han resguardado este principio fundamental. Eso es lo más reprobable del proyecto que mandó el Ejecutivo, sin conocimiento de las instancias mineras del país porque todas han expresado su estupor ya que vinieron a conocer esto cuando ya había sido despachado por el parlamento”, señala Fernández.

La modificación al Código Minero también altera los plazos para solicitar una mensura, la que es un documento en la que cualquier persona natural o jurídica puede solicitar un determinado sector de interés con el objetivo de explotar sustancias minerales concesibles.

La indicación ingresada por La Moneda acorta estos plazos de entre 200 y 220 días a entre 90 y 120 días. Lo mismo ocurre con el plazo para presentar acta y plano de la mensura, rebajándolo de 15 a 10 meses. Este cambio de plazos atenta contra “la protección de los derechos del descubridor, exponiéndolo a caducidades innecesarias”, señalan los abogados.

“Si tú le preguntas a los pequeños mineros qué piensan de este proyecto, o qué han empezado a saber ahora apresuradamente una vez que el proyecto ya fue despachado, te darán su correspondiente opinión. En definitiva los trastornos que va a traer esta nueva normativa va a concentrar el poder en las grandes empresas, y va a hacer desaparecer seguramente la pequeña y mediana minería”, agrega Fernández.

El abogado concluye haciendo una comparación entre las polémicas y críticas que se hacen a la Convención por normas que aún no han sido aprobadas ni discutidas por el pleno, mientras que modificaciones como la del Código Minero pasan desapercibidas.

“Que se perfeccionen las instituciones está bien, pero que se modifiquen entre gallos y medianoche no lo está”, concluye.

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