Armonización establece el primer artículo de la nueva Constitución: “Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural y ecológico”

Con el objetivo de dotar de coherencia al borrador, la comisión de Armonización del órgano constituyente zanjó el orden de las normas y capítulos que tendrá la nueva Carta Fundamental, en caso de ser aprobada en el plebiscito del próximo 4 de septiembre. 

Durante la jornada de este sábado se desarrolló la sesión Nº 11 de la comisión de Armonización de la Convención Constitucional, en la cual se definió el orden de las normas y capítulos del borrador de la nueva Carta Magna. 

Recordemos que el objetivo de dicha comisión es resolver las contradicciones que se puedan producir entre los artículos, así como definir la estructura del texto, a fin de garantizar la coherencia de la Constitución. 

En esa línea, los convencionales de Armonización acordaron que el primer artículo de la Carta Fundamental será: “Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural y ecológico“.

La norma, además, señala que Chile “se constituye como una República solidaria, su democracia es paritaria y reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza”.

Asimismo, el órgano definió el orden de los 11 capítulos que tendrá la propuesta de nueva Constitución, la cual será sometida a un plebiscito el próximo 4 de septiembre. El primero de ellos será “Principios y disposiciones generales”. Luego, le siguen “Derechos fundamentales y garantías”, “Naturaleza y medioambiente”, “Participación democrática”, “Buen gobierno y función pública”, “Estado regional y organización territorial”, “Poder Legislativo”, “Poder Ejecutivo”, “Sistemas de Justicia”, “Órganos autónomos constitucionales” y “Reforma y reemplazo de la Constitución”.

Al respecto, la coordinadora de la comisión, Tammy Pustilnick (INN), afirmó en su cuenta de Twitter que “esta distribución responde a la necesidad de darle coherencia y un orden lógico al proyecto”. 

La convencional explicó que este orden no es casual. En los primeros capítulos se aborda “la parte dogmática, es decir, establece los principios básicos, los derechos de las personas y de la naturaleza”. Estos se ubican por sobre los capítulos de Buen gobierno y función pública, Poder Legislativo, Ejecutivo y Sistemas de Justicia, a fin de que se entienda que los derechos de las personas y la naturaleza deben permear “el actuar de todos los poderes del Estado”.

De igual forma, “el capítulo de Estado Regional también se encuentra previo a los capítulos respectivos de poderes del Estado, siendo un símbolo de la desconcentración del poder, rompiendo el paradigma clásico de nuestra historia constitucional”, detalló Pustilnick.