CIDH presenta caso de Chile ante Corte IDH por “prescripción” en delitos de lesa humanidad en dictadura y exige reparación integral a las víctimas

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), presentó ante la Corte Interamericana de DD.HH, el caso de “media prescripción”, en 14 procesos penales por delitos de lesa humanidad contra 48 personas en el contexto de la dictadura militar. Donde las penas de prisión a los condenados fueron disminuidas.

La Corte Suprema de Justicia chilena, actuando como como tribunal, redujo las penas impuestas a los autores de delitos de lesa humanidad. Aplicando por primera vez la circunstancia atenuante “media prescripción”, señalada en el artículo 103 del Código Penal chileno.

Este artículo es aplicable cuando el acusado se presenta o es hallado luego de haber transcurrido la mitad del tiempo asignado para la prescripción, que en el caso de delitos de secuestro calificado y homicidio calificado, era de 5 años y 7 años y medio respectivamente.

En el informe, la Comisión observó que el Estado chileno individualizó a los responsables de las graves violaciones a los Derechos Humanos, y analizó sí cumplieron con la obligación de sancionar de manera adecuada a los autores de dichos delitos.

Como resultado de la medida de “prescripción”, el CIDH observó que se produjo una baja considerable en las penas de prisión impuesta a los condenados.

Además, la Comisión señaló que el Estado de Chile, no justificó la compatibilidad de la disminución de la pena con la Convención Americana, señalando desde EE.UU, que la medida tomada era completamente irracional.

“Las sentencias que fueron dictadas en su oportunidad por la Corte Suprema no se ajustaron al estándar de racionalidad y proporcionalidad que debe conducir la conducta del Estado en el desempeño de su poder punitivo en relación con los crímenes de lesa humanidad”, señalaron.

En base a las consideraciones, la Comisión señaló que el Estado de Chile es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de la “desaparición forzosa”, en perjuicio de las víctimas.

El CIDH indicó que el Estado chileno debe reparar integralmente a las víctimas de dichos delitos, tanto en el aspecto material como moral. También, dejar sin efecto las sentencias dictadas por la Corte Suprema.