Comprobado: Barrick Gold desobedeció orden de cierre de Pascua Lama y comunidad del Valle del Huasco logró que Corte Suprema ordene fiscalizar el incumplimiento

El histórico fallo del 17 de septiembre del 2020, que obligó el cierre definitivo del proyecto minero en la cordillera de Huasco Alto,(Pascua Lama) el cual fue desobedecido por la binacional y generó un recurso de protección que la Corte Suprema aceptó este pasado 4 de febrero. Luego que se sorprendiera a la empresa minera haciendo 29 sondajes en la zona, vulnerando lo señalado por la Superintendencia de Medio Ambiente.

La empresa fue sorprendida realizando 29 sondajes en el sector del rajo, donde se encuentra el proyecto Pascua Lama, una zona además, compuesta por glaciares y nacientes de aguas. Esta acción que vulneraba gravemente lo dispuesto por la Superintendencia de Medio Ambiente motivó a la Corte Suprema a atender el recurso interpuesto por los vecinos de Huasco y fiscalizar el cierre del proyecto minero.

Recurso que fue fallado por la Corte Suprema el pasado 4 de febrero.

La comunidad del Valle de Huasco declaró su alegría por este resultado en un comunicado que expresaba lo siguiente:

“Celebramos y agradecemos a la Corte Suprema que esté haciendo realmente justicia en este caso emblemático. La falta de respeto con la soberanía del país, los ecosistemas y las comunidades afectadas, deben tener un límite”.

Además, agregaron que es una buena señal este fallo, ya que el Poder Judicial velará por el cumplimiento efectivo del cierre y esperan que el Ejecutivo actué en conformidad y de forma efectiva.

Las pruebas presentadas por la comunidad permitieron demostrar de manera irrefutable que los sondajes que realizó la megaminera eran un incumplimiento al cierre total de Pascua Lama y que no acataron la orden de la Superintendencia de Medio Ambiente.

En base a esto, el máximo tribunal señaló que “no es posible desconocer que el proyecto Pascua Lama tiene una orden de clausura y que, dada la envergadura, relevancia y potencial riesgo. Se requiere un cierre para minimizar los posibles efectos negativos para materializar la orden”.

La Corte Suprema no tomó en consideración los argumentos señalados por la empresa, que se referían a que por ser los dueños de las pertenecientes mineras, podían explorar, dónde y cuándo quisieran.

“El máximo tribunal ordena fiscalizar efectivamente el cierre del proyecto, entregando lineamientos claros en torno a que ello no puede significar una mera revisión de la información que entrega la empresa”.

Además, agregaron que se requiere la coordinación de las autoridades a cargo del cierre (SERNAGEOMIN Y SMA) y que estas actúen de manera realmente efectiva en la tarea de la clausura.

Desde la comunidad señalaron que “no nos vencerán”, que seguirán tomando todas las medidas para que el cierre de Pascua Lama sea una realidad en el territorio y no un papel.

“Esperamos que este dictamen de la máxima autoridad judicial del país sea ahora suficiente para que empecemos a ver su materialización y no haya más vulneraciones y falta de respeto por parte de esta empresa contumaz a las comunidades afectadas y a todo el país”, agregaron.