El tira y afloja judicial que tiene en vilo a joven acusado de quemar metro Pedrero: Lo detuvieron 3 veces y dos de ellas lo soltaron

El caso de Benjamín Salazar Morales, quien fue condenado por el delito de incendio en la estación de Metro Pedrero del 18 de octubre de 2019, tiene en disputa a su defensa, el Servicio Nacional de Menores y el Ministerio Público. Mientras su abogado acusó que el video presentado como prueba fue modificado, la fiscalía ha pedido su detención en tres oportunidades, pese a que el Sename advirtió de “peligro de contagio criminógeno” si es que cumplía su condena en régimen cerrado.

El 20 de mayo de 2021 Benjamín Salazar Morales fue condenado por el delito de incendio en la estación de Metro Pedrero ocurrido el 18 de octubre de 2019.

El joven, que fue detenido al igual que su tío Daniel Benjamín Morales Salazar, de 35 años, y que al momento de los incidentes tenía 16 años, fue condenado por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago a la pena de 2 años de internación en régimen cerrado, además de 3 años y un día de régimen semicerrado con programa de reinserción social.

El caso del joven, que hoy tiene 18 años, ha sido uno de los emblemáticos del estallido social y ha estado en constante disputa entre su defensa, el Sename y el Ministerio Público.

Su defensa, el abogado Rodrigo Román, recurrió a la Corte Suprema para anular la resolución del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago. En la audiencia del 25 de noviembre del año pasado, fue rechazado el recurso y debido a que el joven no se presentó, se despachó una orden de detención.

Cabe recordar que el abogado de Salazar acusó que el video presentado como prueba fue adulterado para que calzaran los horarios exhibidos con la tesis de la Fiscalía.

Según la defensa, el video presentado por el Ministerio Público y donde se ve al joven y a su tío Daniel Morales Muñoz -quien fue absuelto- ingresando a la estación junto a otra decena de personas lo sitúa a las 22:14 horas del 18 de octubre de 2019.

La tesis de la Fiscalía señala que el incendio comenzó a las 22:15 horas, lo que coincide con la prueba presentada. Sin embargo, el abogado defensor afirma que hay un video original de más de dos horas de duración que sitúa al acusado y a su tío ingresando a la estación a las 20:58 horas, es decir, una hora y diecisiete minutos antes del incendio.

Una semana después de que el máximo tribunal del país rechazara el recurso de la defensa, la Policía de Investigaciones (PDI) detuvo a Salazar en el sector sur de Santiago y el 22 de diciembre comenzó a cumplir su condena en el Centro de Internación Provisoria y de Régimen Cerrado del Sename, en Tiltil.

Sin embargo, seis días después se realizó una audiencia donde se decidió por segunda vez la liberación del joven para que cumpliera la condena fuera de la cárcel o en un recinto semicerrado del Sename.

“Las perspectivas de reinserción social que se vislumbran de permanecer en la internación en régimen cerrado versus aquellas que podrían significar más avances como es la internación en régimen semicerrado, entendiendo que se ha agotado la posibilidad de intervención y que existe peligro de contagio criminógeno en la medida de que éste permanezca en el Centro de Reinserción Social de la comuna de Tiltil”, señaló el delegado a cargo del recinto, según la resolución del tribunal.

Pero el 5 de enero de este año, la Fiscalía llegó hasta la Corte de Apelaciones de Santiago y apeló a la resolución del tribunal argumentando que “no se ajusta a derecho”, según informa La Tercera.

“El Ministerio Público estima que la resolución del señor juez de Garantía no se ajusta a derecho, en cuanto a que no resulta posible que, apenas a seis días de iniciado el cumplimiento de la sanción de régimen cerrado, se pretenda que es procedente otorgar una sustitución, so pretexto de manifestarse por Sename un cumplimiento satisfactorio que la hace procedente”, alegó el fiscal Omar Mérida.

Según el Ministerio Público, Salazar debía cumplir la condena como se había estipulado anteriormente para que “pueda ser objetivamente apreciada su conducta actual dentro del régimen cerrado, evaluados, extendidos y proyectados los objetivos del plan de reinserción y demás objetivos de la sentencia”.

Pero para el Sename, la situación de Salazar y que haya estado involucrado en otros delitos menores, los que no se encuentran judicializados, se deben al “sentido de responsabilidad de aportar económicamente a su hogar. Asume rol parentalizado luego de separación de sus padres”.

“Muestra capacidad de reflexión, visualiza consecuencia del delito, identificando costos personales y familiares frente a ello”, además de mostrar “motivación a insertarse y finalizar enseñanza media durante el año 2022”.

Por esto último, el Sename propuso una intervención integral a la familia del joven para que así puedan apoyarlo en el cumplimiento de la condena.

Pero la decisión del tribunal fue contrario a la solicitud del Sename, ya que el miércoles de la semana pasada se despachó una tercera orden de detención en contra de Salazar.

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