Otra ley frenada por el TC: acogen reclamo de aseguradoras y declaran inconstitucional retiro de 10% de rentas vitalicias

El Tribunal Constitucional le dio la razón a dos de las compañías de seguros que impugnaron la ley del tercer retiro de fondos previsionales, que también permitió un adelanto excepcional del 10% de las rentas vitalicias. Con esto, se declara la inconstitucionalidad de artículos de la ley promulgada en abril del año pasado, un nuevo episodio donde la instancia torpedea proyectos aprobados en el Congreso y deja en nada las reformas logradas por la vía legislativa.

Al concretarse el tercer retiro de fondos de la AFP, aprobado por el Congreso el 15 de abril del año pasado, una batalla legal entre privados y el Estado comenzaba a gestarse.

El proyecto de ley para sacar un 10% de los fondos previsionales incluía por primera vez a la modalidad de rentas vitalicias, lo que movilizó a las compañías aseguradoras para intentar frenar la nueva legislación, promulgada el 27 de abril.

Este martes, dos de esas acciones dieron resultado. El Tribunal Constitucional (TC) acogió los reclamos de Bice Vida y Penta Vida, dos de las cuatro empresas que recurrieron a la instancia durante el 2021.

Con esto, el TC declaró inaplicable por inconstitucional tres incisos de la reforma para permitir un anticipo excepcional de las rentas vitalicias.

Dos otras aseguradoras no tuvieron la misma suerte: reclamos similares de Renta Nacional y 4Life no fueron acogidos por el tribunal.

Si bien aún no se conoce la sentencia con los argumentos del fallo del TC, uno de los principales argumentos de las aseguradoras para impugnar el retiro de rentas vitalicias era la vulneración al derecho de propiedad de los dineros que, por contrato, no pertenecían a los pensionados sino a las empresas.

El cuestionado rol del TC como “tercera cámara”

La decisión del TC se da en medio de una larga discusión sobre el rol que tiene el tribunal como “tercera cámara”, dándole el visto bueno o frenando proyectos de ley ya aprobados por el Congreso.

Este debate también se ha dado en la Convención Constitucional, en donde ya se presentó una propuesta para eliminar el organismo.

Durante los últimos años han habido episodios icónicos donde el TC ha frenado reformas conseguidas tras largas batallas en el parlamento que quedaron en nada con un fallo del tribunal.

En diciembre de 2018, la instancia acogió el reclamo de diputados de Chile Vamos para declarar inconstitucional el reglamento de objeción de conciencia de la ley de aborto en tres causales, permitiéndole a los establecimientos privados de salud negarse a realizar el procedimiento y seguir recibiendo recursos públicos.

En enero de ese año, el TC ya había hecho lo mismo con la reforma al Sernac, declarando inconstitucionales las facultades sancionatorias que le daba la ley para fortalecer al servicio, aprobada en octubre de 2017.

En marzo de 2018, el tribunal declaró inconstitucional un artículo de la reforma educacional promulgada en el segundo gobierno de Michelle Bachelet, el que prohibía el lucro en la educación superior.

Otro caso similar ocurrió en noviembre del 2020, cuando la instancia acogió parte de un reclamo presentado por diputados de derecha para declarar inconstitucional el artículo clave del proyecto de ley que buscaba penalizar el negacionismo de las violaciones a los derechos humanos en Chile.